Si tienen seguro complementario de trabajo riesgo
Uno de los beneficios de contar con un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR) Pensión, es que permite al trabajador acceder a una retribución mensual que puede alcanzar el equivalente al 100 % de su remuneración cuando un accidente de trabajo o una enfermedad profesional le genera una invalidez total y permanente, impidiéndole continuar laborando y requiere de la ayuda de un tercero para desarrollar sus actividades informó la Oficina de Normalización Previsional (ONP), entidad adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas.
La entidad precisó que dicho seguro es una cobertura obligatoria para quienes desarrollan labores consideradas de alto riesgo. “El SCTR Pensión protege económicamente al trabajador y a su familia cuando ocurre un accidente o enfermedad asociada a la actividad laboral. Las prestaciones se determinan según el nivel de afectación que haya sufrido la persona”, explicó Ihand Durand, vocero de la ONP.
Las prestaciones económicas del SCTR Pensión varían de acuerdo con la gravedad de las secuelas que deja el accidente o enfermedad profesional.
Indemnización por invalidez parcial permanente: Se entrega mediante un pago único cuando el trabajador presenta una invalidez menor al 50% y mayor o igual al 20%. En estos casos, la persona puede continuar desarrollando actividades laborales, aunque con limitaciones derivadas del daño sufrido.
Pensión de invalidez: Cuando la invalidez es igual o superior al 50 %, el asegurado tiene derecho a una pensión mensual. Si la incapacidad alcanza el 66.6 % o más que le impide volver a trabajar y además requiere de la ayuda de un tercero para desarrollar sus actividades, la pensión puede llegar a ser equivalente a la remuneración que percibía antes del siniestro.
Pensión de sobrevivencia: Si el trabajador fallece a consecuencia de un accidente laboral o una enfermedad profesional, el beneficio se traslada a sus familiares directos, como cónyuge o conviviente, hijos o padres, de acuerdo con la normativa vigente.
Gastos de sepelio: La cobertura también contempla el reembolso de los gastos funerarios asumidos por los familiares o por la persona que los hubiera cubierto hasta el importe que señala la normativa vigente.



