Según ley promulgada por el Congreso
Los infantes pertenecientes a comunidades indígenas o de pueblos originarios que lamentablemente han perdido a sus padres debido al impacto del Covid-19, ahora cuentan con la posibilidad de obtener un subsidio de orfandad, gracias a una legislación aprobada por el Congreso de la República.
La entidad comunicó que la Defensoría del Pueblo detectó un problema en el pueblo de Kusu Numpatkaim, ubicado en la provincia fronteriza de Condorcanqui en Amazonas.
Según la Ley 31405, que tiene como objetivo garantizar la protección y el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes en situaciones de orfandad, 10 menores de esta comunidad indígena no pudieron recibir la pensión correspondiente.
La razón principal radicó en la falta de documentos que pudieran verificar la muerte de sus padres. Durante la pandemia, el sistema de salud no disponía de pruebas rápidas para confirmar las funciones por COVID-19, lo que dificultó la certificación de la mayoría de los fallecimientos en áreas rurales.
Indica que otro desafío radica en la disponibilidad limitada de servicios de Internet en esta región del país, así como en la distancia que separa a las instituciones encargadas de supervisar el cumplimiento de la normativa, tales como el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) y el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif).
En consecuencia, el Congreso aprobó el 6 de octubre la Ley 31887, la cual introduce modificaciones en la Ley 31405 con el objetivo de asegurar el acceso a una pensión de orfandad para niños, niñas y adolescentes pertenecientes a comunidades indígenas u originarias.
«Gracias a esta medida, los niños y adolescentes de dichas comunidades podrán presentar sus solicitudes a través de los representantes de las comunidades campesinas, comunidades nativas y pueblos indígenas u originarios al Inabif», señaló el Parlamento.
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Según la ley, esta entidad debe incluirlos en el registro de beneficiarios después de evaluar cada caso, priorizando el bienestar de los niños y su situación de vulnerabilidad debido a su pertenencia a un pueblo indígena u originario.
Asimismo, para solicitar una pensión de orfandad debe tener en cuenta el idioma indígena u originario hablado por los representantes de las comunidades campesinas, comunidades nativas y pueblos indígenas u originarios que sean predominantes en la zona de implementación, como lo establece la normativa.