Se permitiría retirar hasta 4 UIT
Se ha presentado en el Congreso un reciente proyecto de ley con el propósito de permitir a los miembros de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) el acceso a los fondos depositados en sus cuentas.
La propuesta se origina en el grupo parlamentario de Somos Perú y tiene como objetivo permitir la extracción de fondos de estas instituciones por un valor máximo de cuatro unidades impositivas tributarias (UIT), que en la cifra actual representarían 19,800 soles.
En caso de que esta iniciativa legislativa sea aprobada, los miembros afiliados a las instituciones que conforman el Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones tendrán la capacidad de retirar sus fondos en dos etapas, con un límite de hasta dos UIT en cada una de ellas.
El legislador José Pazo, quien respalda la propuesta legislativa, argumenta en la introducción de la iniciativa que los retiros previos de fondos de las AFP tuvieron un efecto beneficioso en el Producto Bruto Interno y revitalizaron la actividad de las pequeñas y medianas empresas (PYME) ubicadas. en las regiones del país.
Estas organizaciones «se beneficiaron por el ingreso adicional disponible de los hogares que solicitaron el retiro parcial de sus fondos previsionales». Esto se debió al aumento del gasto en servicios y productos ofrecidos por las pequeñas y medianas empresas, que ascendió a 7.7 soles.
«El retiro de fondos previsionales de las AFP ha impactado positivamente en bancos, cooperativas, cajas municipales y otros del sistema financiero, producto de la cancelación de deudas pendientes, con los fondos previsionales retirados de las AFP; con lo cual el sistema financiero mejoró su oferta crediticia», añade el congresista.
En el proyecto de ley se establece que los fondos retirados por los afiliados de las AFP conservan su carácter de inembargables. En otras palabras, no pueden ser objeto de deducciones, acuerdos legales o contractuales, medidas de embargo, retención, ni pueden ser afectados por procesos judiciales o administrativos.
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No obstante, es importante destacar que existe una excepción a esta inembargabilidad en el caso de retenciones relacionadas con deudas alimentarias, las cuales pueden alcanzar hasta un 30 % del fondo retirado.