No pueden impedir regreso de Benavides

La guerra que existe entre la fiscal suprema Delia Espinoza y la suspendida fiscal de la nación, Patricia Benavides, está alcanzando niveles sin precedentes en la historia jurídica  del país. Los seis meses de suspensión de Benavides Vargas impuestos por la Junta Nacional de Justicia (JNJ) se cumplen este 5 de junio y Espinoza libra una carrera contra el tiempo para evitar que su investigada vuelva a asumir funciones como titular del Ministerio Público.

Ante la falta de quórum debido a las inhabilitaciones de los magistrados Inés Tello y Aldo Vásquez, es difícil -aunque no imposible- que la JNJ pueda aprobar la moción que dejó Tello y que plantea la destitución de Benavides.

Se necesitan 5 votos y solo hay cinco integrantes. Una sola postura en contra acabaría con la pretensión.

Espinoza ha optado entonces por la cuestionada vía judicial y ha solicitado una suspensión de 36 meses, la cual es inviable e ilegal.

El constitucionalista Aníbal Quiroga opinó que el pedido de la fiscal Delia Espinoza es inconstitucional y no procederá.

“Debería de ser desestimado, pero como no les gusta la posición de Checkley que es un juez honesto y valiente, optan por recusarlo y buscar otro que se deje apantallar por los medios y el sistema político”, indicó.

Similar opinión tuvo el expresidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Álvarez.

“(El pedido) no tiene fundamento jurídico porque la Constitución establece que las personas que ocupan determinados cargos públicos gozan del aforamiento y este es el caso de la fiscal de la Nación, que ha sido suspendida pero tiene las prerrogativas constitucionales y para ser procesada, su caso tiene que pasar por el Congreso necesariamente, no hay otra manera, no cabe recurrir al PJ. Benavides ha sido suspendida y tiene el privilegio del antejuicio”, aseveró.

En el mismo sentido, Ernesto Blume consideró que el pedido de Espinoza “es inconsistente porque a un fiscal de la nación solo se le puede suspender por una decisión de la JNJ previa instauración de un proceso disciplinario en el cual la persona suspendida (en este caso Benavides) tenga derecho a la defensa y a refutar los cargos”.

“El otro camino es la suspensión del Congreso a través de un procedimiento de acusación constitucional, ya sea por infracción a la Constitución o por la comisión de algún ilícito penal. No conozco un caso en el que una fiscal suprema en una etapa preliminar pida suspensiones de esa naturaleza, se trata de un exceso y una figura que no está contemplada en la Constitución”, aseguró.

 


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