Medida puede ser apelada, señala decana del CAL
María Elena Portocarrero, Decana del Colegio de Abogados de Lima (CAL) dijo que la medida de suspensión de la colegiatura contra al fiscal supremo Pedro Chávarry adoptada por el CAL no es de ejecución inmediata y que incluso podría ser materia de apelación. Indicó que la sanción ha sido una decisión emanada por el Consejo de Ética del CAL la que ha sido notificada.
Indicó que la medida se encuentra dentro de un procedimiento que aún no se encuentra en una etapa de ejecución, porque debe ser consentida. El doctor Chávarry tiene un plazo de cinco días para interponer un recurso de apelación y que en el caso que no se pronuncie en el plazo la resolución del CAL quedará consentida.
TRANSPARENCIA
Portocarrero recordó que la Dirección de Ética del CAL estableció que el fiscal supremo debió actuar con transparencia y veracidad desde un primer momento e informar sobre estas comunicaciones que mantuvo con personajes vinculados a la presunta organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto como es el exjuez César Hinostroza.
Opinó que la argumentación y resolución que se brinda en la sanción al están emanadas por el órgano deontológico del Colegio de Abogados de Lima, que obra con absoluta autonomía, y nosotros como gestión somos respetuosos de dicha independencia. No obstante, exista la doble instancia y nosotros nos vamos a suscribir a lo que señale el Tribunal de Honor.
“Es diferente una medida cautelar que una sanción en un proceso. La medida cautelar impuesta provenía en vía incidental. Es decir, se tramitaba de manera paralela como una medida cautelar. Sin embargo, esta medida fue objetada y se elevó al tribunal de honor que desestimo la aplicación de la medida cautelar, por cuanto no estaba señalada en el estatuto”, abundó.