Por: Julio Cesar Gago Vicuña / El Poder Judicial ante el abuso de los acreedores, y en aplicación de nuestro Código Civil Peruano vigente en sus Artículos 1314 y siguientes, que nos protegen legalmente y nos da la herramienta legal para bloquear y afrontar estos abusos, es posible demandar un proceso judicial que permite que un Juez Civil pueda disponer la condonación del pago, la reducción sustancial o la postergación de las obligaciones, cuando el incumplimiento no es por culpa del deudor, sino por causa extraordinaria, imprevisible é irresistible, lo que aparte de ser un derecho y resulta una necesidad inevitable en estos momentos, y estas acciones nos protegerían de ser abusados, desalojados, demandados y enjuiciados.
Al margen de la difícil situación en que, nos tiene el peligro de la pandemia que ya ha cobrado muchas vidas, tenemos la indolencia y el abuso por parte de los acreedores BANCOS, CENTROS EDUCATIVOS, ARRENDADORES DE INMUEBLES y otros, que lejos de entender la difícil situación económica que ha puesto a millones de peruanos, que por las medidas de prevención sanitaria que paralizó la actividad social, se vienen grandes conflictos económicos, dado a que mucha gente no podrá cumplir con sus obligaciones contractuales, pagos de arriendos, deudas, préstamos, pagos de educación escolar, técnica y universitaria, servicios, obligaciones tributarias, despidos masivos, problemas familiares que terminarán inexorablemente en divorcios, etc. como ya lo hemos dicho en publicaciones anteriores.
Pese al clamor popular y los llamados de atención del gobierno los bancos, colegios, arrendadores de inmuebles, demuestran que no les importa la situación de deudor y pretenden incisivamente el cobro de sus acreencias como si nada hubiera pasado, y sin contemplación se niegan a hacer los descuentos justos y están desalojando violentamente a sus inquilinos, pese a que para desalojar a alguien se requiere orden judicial, así como los bancos proponiendo refinanciamientos con altas tasas de intereses.
Básicamente nos preocupan la inversiones de muchos empresarios que han arrendado locales, tiendas en centros comerciales, talleres, restaurantes, locales de esparcimiento, con altas rentas y que encima han invertido miles de soles en los acondicionamientos ya que las exigencias municipales así lo piden, la contratación de personal y obligaciones tributarias, ahora por no haber pagado los arriendos por 2 meses y 15 días, se ven expuestos a la pérdida de toda su inversión y ser desalojados legalmente, al haber incurrido en la mora que dice la ley para ser desalojados, por ello es necesario de inmediato tomar acciones y proteger esas inversiones y frenar demandas y ejecuciones, que también la ley lo prevé.
Nuestro staff de abogados, ha diseñado ya, la protección de los derechos descritos para evitar los excesos y abusos, siempre a la vanguardia de nuestra legislación, garantiza los derechos y el éxito en los procesos de nuestros patrocinados del DIARIO LA RAZON a quienes con gusto atendemos previa cita al 4713246, al correo electrónico HYPERLINK «mailto:[email protected]» [email protected], o la página web www.gagoabogados.com
(*)Abogado penalista