La SBS publicó esta mañana el procedimiento para realizar el retiro de fondos y retirar hasta S/ 17,600 de las AFP desde este 27 de mayo
¡Toma nota! La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), publicó esta mañana, miércoles 19 de mayo, en el diario oficial El Peruano el procedimiento operativo para el retiro de AFP por hasta 17 600 soles. Tras la publicación de esta normativa, todos y todas las afiliadas a Prima, Integra, Hábitat y Profuturo, podrán acceder a sus fondos retirando hasta 4 UIT de los mismos en el marco de la pandemia.
Según lo indicado por la SBS en un comunicado, las AFP tienen como plazo máximo hasta el 27 de mayo para poder habilitar la plataforma y permitir a sus afiliados acceder al retiro facultativo. Posteriormente, las AFP tienen un plazo de 8 días para hacer efectiva la recepción de solicitudes.
Mediante Resolución SBS Nº 01484-2021, publicada hoy se emitió dicho procedimiento operativo que establece el retiro facultativo de los fondos privados de pensiones con el fin de aliviar la economía familiar afectada por las consecuencias de la pandemia del covid-19.
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Procedimiento operativo
La SBS explicó las medidas establecidas en el procedimiento operativo:
1. El retiro facultativo está disponible para todos los afiliados al SPP, con excepción de aquellos que califican para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), para lo cual se evalúan los ingresos de abril 2020 a marzo 2021, considerando como fecha de corte el 30 de abril del 2021. Las AFP serán responsables de determinar si un afiliado califica o no al retiro.
2. El afiliado podrá presentar su solicitud de retiro, por única vez, a partir del 27 de mayo de 2021. El plazo máximo para la presentación de las solicitudes es de 90 días calendario, que vence el 24 de agosto de 2021.
3. Las AFP difundirán y establecerán los mecanismos para garantizar los canales de atención de las solicitudes de sus afiliados. Las plataformas que soporten el registro de las solicitudes deben facilitar, en términos de tiempos y acceso, estándares mínimos que permitan su correcto llenado.
Cronograma
4. La entrega de los fondos se realizará según el siguiente cronograma:
• Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
• Segundo desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
• Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.
5. Las AFP establecerán los protocolos de comunicación para aquellos afiliados que residan en el extranjero o estén físicamente imposibilitados, a efectos de que ingrese su solicitud por los canales y formatos que se habiliten para tal fin.
6. Los fondos retirados de las CIC mantienen su condición de intangible, excepto aquellas retenciones judiciales por deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.
#SBS publicó el procedimiento operativo de la Ley N.° 31192. Conoce en esta infografía los principales puntos y lee la resolución completa en el siguiente enlace ? https://t.co/CUhZsxnY78 pic.twitter.com/abH8bBxqko
— Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (@SBSPERU) May 19, 2021