El Gobierno exige la presentación obligatoria de un carné de vacunación para ingresar a locales cerrados.
Desde el 10 de diciembre el Gobierno obliga la presentación de un carné de vacunación de la Covid-19 para todos los mayores de 18 años que deseen ingresar a locales cerrados. Juan Palomino, abogado penalista, aclaró para RPP que este documento genera un «hecho muy controversial a nivel laboral«.
Juan Palomino sostuvo que los trabajadores que no presentan un carné de vacunación no pueden estar sujetos a despido, debido a que si bien el Decreto Supremo 179-2021-PCM, señala que el empleador debe exigir el documento que acredite su inmunización contra la Covid-19, no puede obligar a sus trabajadores a vacunarse.
«¿Qué dice la norma específicamente? Tú tendrías que exigirle al trabajador. Pero ¿qué pasaría si el trabajador por sus creencias no quiere vacunarse ? Porque no podemos ir en contra del derecho de la libre elección, derecho constitucional protegido, entonces ¿qué hace el empleador? Primero no podría despedirlo, definitivamente«, sostuvo.
El abogado dijo que si el centro de trabajo no puede dar preferencia al trabajo remoto, prestación del trabajador en su hogar, podría acudir a la suspensión perfecta y el trabajador no laboraría y no cobraría su remuneración. Otro escenario sería que el trabajador podría interponer una acción de amparo para poder tener ese acceso al centro de trabajo.
«El acto de vacunación es voluntario, no es un acto obligatorio y más aún el empleador no puede obligar a sus trabajadores. ¿Qué pasaría por ejemplo si el trabajador insiste? ¿Cree que el empleador pueda tomar una medida drástica de desvincular y despedir al trabajador? No lo puede hacer«, agregó.