Se espera reducir delitos de extorsión
Los teléfonos celulares empleados en actividades extorsivas serán desactivados, conforme a lo establecido en un decreto legislativo recientemente ratificado por el Poder Ejecutivo. Durante la sesión del Consejo de Ministros , se aprobó esta medida con el objetivo, según la administración, de disminuir la frecuencia del delito de extorsión.
Este decreto incluye la opción de solicitar la desactivación de estos números de teléfono a las compañías telefónicas, ya sea de manera voluntaria o a petición de entidades como el Ministerio del Interior, la Policía Nacional, el Instituto Nacional Penitenciario, el Poder Judicial o el Ministerio Público.
Esta medida se llevará a cabo en casos en los que se observe que dichos números telefónicos han sido empleados para fomentar, facilitar o llevar a cabo la actividad ilícita mencionada. El decreto legislativo establece las obligaciones legales de las empresas de telecomunicaciones en relación con la identificación y registro de sus suscriptores, así como del personal involucrado en la contratación de sus servicios.
Ahora, la autenticación de los propietarios de los nuevos números telefónicos se llevará a cabo mediante la confirmación de datos biométricos proporcionados por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, así como por la Dirección Nacional de Migraciones. En el decreto aprobado se introduce una adición al Código Penal mediante el artículo 222-D, con el propósito de penalizar la tenencia indebida de dispositivos telefónicos con la intención de alterar, sustituir, duplicar o modificar su código IMEI.
Por su parte, el Consejo de Ministros dio el visto bueno al decreto legislativo que establece circunstancias agravantes en la perpetración de los delitos de obstrucción de los servicios públicos y de alteraciones del orden público.
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En este contexto, se considera como factor agravante el causar daño significativo a recursos, infraestructuras y sistemas esenciales para el desarrollo y mantenimiento de las capacidades nacionales.
En lo que respeta al delito de alteraciones del orden público, ahora se especifican como agravantes la afectación de vías terrestres y fluviales, así como de la infraestructura portuaria, aeroportuaria, ferroviaria, de salud pública, de telecomunicaciones, y de transmisión y distribución de energía.