Fonavi 2022: Cómo será la devolución de aportes

La Ley N° 31173 garantiza la devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda a los trabajadores contribuyentes.

por | Jun 10, 2022 | Actualidad, Economía

La Ley N° 31173 garantiza la devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda a los trabajadores contribuyentes.

Tras la nueva norma del Congreso, la Ley N° 31173, se garantiza la devolución de dinero del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) a los trabajadores contribuyentes; priorizando a la población vulnerable.

La presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, manifestó que con la promulgación de esta norma se hace justicia a los fonavistas que esperan hace más de 20 años la devolución de sus aportes.

En esta nota te contaremos quiénes serán los primeros beneficiarios, dónde pueden cobrar y cuáles son los requisitos.

¿Quiénes son los beneficiarios?

El padrón de inscritos que tiene el Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con casi 1.8 millones de aportantes, de los cuales muchos serán incluidos en la primera lista. Entre ellos figuran los mayores de 80 años, considerados como población vulnerable por la pandemia del Covid-19. Por otro lado, el presidente de la Federación de Fonavistas del Perú, Luis Luzuriaga, afirmó que aquellas personas que aportaron unos cuantos meses, quizás uno o dos, también serán beneficiarios. No obstante, resaltó que los montos no se serán iguales de aquellos que tienen más de diez años aportando, quienes percibirían entre 11.000 a 20.000 soles.

¿Cuáles son los requisitos?

Los interesados podrán acceder al beneficio por medio de la acreditación anticipada de aportes; trámite que se realizará de manera virtual a través de la Secretaría Técnica. En este portal deberán ingresar el número de su DNI, acreditar que aportaron al Fonavi con sus boletas de pago, en el que indique el tiempo de las aportaciones y el sueldo que percibía en ese entonces. La Comisión Ad Hoc presidida por los fonavistas corroborará la información y emitirán el certificado de aportaciones con el monto que le corresponde.

¿Dónde puedo cobrar?

Luis Luzuriaga comentó que los pagos se harán en las cuentas de DNI; que tramitó el Estado, o las cuentas personales de los beneficiarios en el Banco de la Nación. De esta manera, indicó que se busca dar seguridad. Así se evita que alguien pretenda apropiarse de los certificados o tener acceso a las cuentas de los ocupantes.

Ante cualquier duda o consulta pueden comunicarse a través de la central telefónica de Atención, marcando el número 640 8655. Disponible en el horario de lunes a viernes de 8 a.m. a 6 p.m.


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