Ejecutivo promulgó ley que garantiza sueldo mínimo, CTS y gratificación a trabajadoras y trabajadores del hogar
El presidente de la República, Martín Vizcarra, promulgó esta tarde la ley de trabajadoras y trabajadores del hogar, al remarcar que la norma representa una lucha que desplegó por muchos años dicho sector laboral.
«Hoy me complace aprobar la ley de trabajadoras del hogar, una norma aprobada por el actual Congreso que representa la lucha constante de muchos años de parte de mujeres que han venido realizando labores del hogar sin que les se brinde el debido reconocimiento», expresó el mandatario.
La norma establece una jornada laboral de ocho horas diarias o 48 horas a la semana, un sueldo establecido por acuerdo libre entre las partes no menor a una Remuneración Mínima Vital (RMV) y 18 años como mínimo para cumplir esta labor.
Asimismo, precisa que el contrato de trabajo doméstico se celebrará por escrito, por duplicado y será registrado por el empleador en el aplicativo web que establecerá el Ministerio de Trabajo.
Del mismo modo, regula el día de descanso semanal; las facilidades para acceder a la educación; los beneficios sociales otorgados, entre otros.
Mejoras establecidas
El monto de la remuneración de la persona trabajadora del hogar no podrá ser inferior a S/930 de la persona trabajadora del hogar.
El salario y las condiciones serán establecidos por acuerdo libres de las partes, pero no podrán exceder la jornada completa de ocho horas diarias o 48 horas semanales.
El empleador está obligado a extender una boleta de pago que es firmada por ambas partes como prueba del cumplimiento de la remuneración.
«La parte empleadora se encuentra obligada a proporcionar alimentación, desayuno, almuerzo y cena, y alojamiento adecuado a su nivel socioeconómico, de modo que asegure la dignidad de la persona trabajadora del hogar. Todas las condiciones de trabajo descritas previamente no forman parte de la remuneración», indica la ley.
Asimismo, se indica que el trabajador tiene derecho a gratificación por Fiestas Patrias y por Navidad, equivalentes al monto total de la remuneración mensual, al igual que cualquier otro trabajador formal.