23 de mayo de 2026

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Por: Ross Barrantes / El mar no espera

ROSS BARRANTES

¿Qué está en juego? Más de lo que cabe en una agenda que nunca llega a votarse.

Una norma que espera desde 2024. La propuesta legislativa acumula tres proyectos de ley —los N° 5666, 6668 y 7157— y plantea la incorporación del artículo 27-A en la Ley de Áreas Naturales Protegidas (N° 26834), con el objetivo de reiterar explícitamente la restricción de la actividad pesquera a gran escala dentro de estas zonas, estableciendo además que los permisos otorgados previamente deberán adecuarse a la nueva norma. El dictamen multipartidario fue aprobado el 8 de abril de 2024 por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso. Solo se autorizaría la pesca artesanal, de menor escala o acuicultura, en concordancia con las normas de conservación. Es decir: no se inventa una prohibición nueva. Se le da rango de ley a algo que ya existe en el plano reglamentario y que la propia Corte Suprema ya validó para la Reserva Nacional de Paracas. La República

Ese es precisamente el núcleo del problema jurídico: la protección hoy vigente es normativamente frágil. Una disposición reglamentaria puede ser derogada por otra de igual jerarquía. La ley no. Elevar esta prohibición al rango legislativo es, en términos constitucionales, un acto de coherencia sistémica, no un capricho ambientalista.

Las áreas protegidas bien manejadas contribuyen a la recuperación y repoblamiento de los recursos pesqueros, beneficiando especialmente a las pesquerías artesanales costeras que dependen de ellos. No es retórica verde. Es la diferencia entre la viabilidad de largo plazo y el saqueo de corto plazo que beneficia a unos pocos y empobrece a muchos, en un contexto de creciente incertidumbre ecológica que enfrenta eventos extremos como El Niño, cada vez más recurrentes e intensos, proteger estos espacios fortalece la seguridad alimentaria, la estabilidad de las economías locales, el cuidado de la biodiversidad y la sostenibilidad futura de la actividad pesquera nacional.

Paralelamente, el Decreto Supremo N° 006-2025-PRODUCE eliminó sanciones vinculadas a la pesca industrial en áreas protegidas, debilitando la capacidad fiscalizadora del Estado justo en el momento en que la presión legislativa arreciaba. No es una coincidencia regulatoria: es una estrategia.  La Comisión de Producción recomendó archivar el texto, mientras que la Comisión de Ambiente emitió el dictamen favorable. Dos comisiones, dos dictámenes opuestos. El Pleno tiene la última palabra y la Mesa Directiva tiene la llave del debate. Hasta ahora, esa llave no se ha movido. Gracias por leerme

(*) Abogada Constitucionalista, profesora universitária, especialista en Derecho Ambiental y Filosofía Política

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