El TC indicó que limitar la reelección parlamentaria no es inconstitucional
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) votó por unanimidad en contra de la demanda de inconstitucionalidad presentada contra la Ley 30906. Normativa que establece la prohibición de la reelección inmediata de congresistas.
La demanda fue interpuesta por 5,251 ciudadanos que alegaban que esta ley contravenía los artículos 2.17, 31 y 43 de la Constitución Política. Argumentando que su promulgación tuvo lugar en medio de un enfrentamiento entre el Poder Ejecutivo y Legislativo.
El TC concluyó en su fallo que limitar la reelección parlamentaria no es inconstitucional. Además, no infringe el derecho constitucional a la participación política. Además, esta medida no vulnera el derecho a ser elegido ni afecta los principios de la democracia constitucional o el derecho a vivir en democracia.
El TC también subraya que, si bien existe el derecho a ser elegido, no hay un derecho garantizado a la reelección.
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La sentencia recalca que la proscripción de la reelección inmediata parlamentaria es una decisión normativa del Congreso que se encuentra dentro de los límites constitucionales permitidos.
Aunque en constituciones anteriores no se había establecido tal limitación. Esto no impide que se modifique el modelo, ya que la reelección parlamentaria no forma parte de los principios fundamentales del ordenamiento constitucional que están protegidos de cualquier reforma.
El TC también enfatiza que la eliminación de la reelección inmediata no obliga a un congresista a renunciar a su cargo. Puesto que, su mandato dura un único período de cinco años.
Esta medida no afecta la duración del mandato originalmente otorgado al congresista.